Prevenir el desperdicio alimentario sin cronificar la pobreza
Aunque el reparto de alimentos en especie ha sido una actividad importante de Cáritas, desde hace años trabajamos para reducirlo progresivamente y reservarlo para situaciones urgentes en las que no exista una alternativa mejor
Cáritas Diocesana de Tortosa valora los avances de la Ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, pero pide que la gestión de los excedentes no consolide un modelo asistencial basado en el reparto de alimentos.
La Ley estatal 1/2025 establece que la primera obligación de los agentes de la cadena alimentaria debe ser evitar la generación de excedentes. Cuando esto no sea posible, prioriza la transformación de los alimentos todavía aptos para el consumo y, posteriormente, la donación y otras formas de redistribución para el consumo humano. Cáritas comparte plenamente los objetivos ambientales, sociales y económicos de reducir el desperdicio alimentario. Sin embargo, considera necesario evitar que la respuesta al desperdicio se concentre excesivamente en el traslado de los excedentes comerciales a las entidades sociales. La pobreza y la exclusión no se resuelven únicamente repartiendo los productos que el mercado no ha podido vender, ni las entidades sociales deben convertirse en una extensión logística de las empresas alimentarias.
Aunque el reparto de alimentos en especie ha sido una actividad importante de Cáritas, desde hace años trabajamos para reducirlo progresivamente y reservarlo para situaciones urgentes en las que no exista una alternativa mejor. Cuando se convierte en una respuesta sistemática, puede limitar la capacidad de decisión de las familias, favorecer dinámicas de dependencia y no abordar las causas que han provocado la situación de vulnerabilidad.
Por este motivo, apostamos preferentemente por las tarjetas monedero y las ayudas económicas, que permiten que cada persona elija los alimentos que necesita de acuerdo con su situación familiar, su salud, su cultura y sus preferencias. Este modelo ofrece mayor autonomía, dignidad, igualdad y capacidad de autogestión.
Las ayudas deben estar vinculadas a procesos de acompañamiento personalizados que permitan avanzar hacia la autonomía y la inclusión social. Cuando esta evolución no sea posible por razones de edad, salud, falta de oportunidades u otras situaciones estructurales, es necesario reforzar un sistema público de garantía de ingresos que asegure unas condiciones de vida dignas sin generar una dependencia permanente de las instituciones sociales.
La nueva normativa también exige a las entidades receptoras sistemas de trazabilidad, registros de entrada y salida, instalaciones adecuadas, prácticas de higiene, información alimentaria y, cuando sea necesario, el mantenimiento de la cadena de frío. Son garantías necesarias, pero pueden suponer una carga administrativa, técnica y tecnológica difícil de asumir por equipos formados principalmente por personas voluntarias. La propia ley reconoce que las entidades deben poder recibir recursos públicos para afrontar el transporte, el almacenamiento y la transformación de los alimentos; este compromiso debe traducirse en una financiación y un apoyo técnico estables y suficientes.
La norma permite que las entidades receptoras rechacen justificadamente una donación. Desde Cáritas pedimos que esta capacidad sea real y que los convenios permitan acordar previamente los tipos de productos, las cantidades, la periodicidad, las condiciones logísticas y las necesidades de las personas atendidas. Las entidades sociales no pueden estar obligadas a asumir alimentos que no necesitan o que no pueden gestionar adecuadamente.
Finalmente, es necesario impulsar empresas de iniciativa social que puedan transformar determinados excedentes, alargar su vida útil y generar actividad económica y puestos de trabajo para personas con dificultades de inserción laboral. La propia ley vincula el aprovechamiento de los alimentos con proyectos de empleo, inserción sociolaboral, cohesión social y trabajo comunitario.
Las personas en situación de vulnerabilidad no son receptoras pasivas de excedentes. Son sujetos de derechos, personas con capacidades y activos imprescindibles para nuestra sociedad.



