Preguntas frecuentes sobre el conflicto de Ucrania
Ante las numerosas preguntas que estamos recibiendo sobre la guerra en Ucrania y las formas de ayudar en la población civil que está sufriendo las consecuencias, os hacemos llegar una serie de preguntas y respuestas que os serán útiles en la hora de vehicular la ayuda. Este documento se irá actualizando, con el objetivo de ser una herramienta práctica que se adapte a la evolución y consecuencias del conflicto.
Desde Cáritas Diocesana de Tortosa, os agradecemos las muestras de apoyo y vuestro espíritu de ayuda hacia los más vulnerables de este conflicto.
En este apartado intentamos dar respuesta a las preguntas que nos está dirigiendo:
1. Tengo acogida en casa a una persona que acaba de llegar de Ucrania o llegará en los próximos días. ¿Dónde pueden ayudarle?
Las personas que llegan de Ucrania tienen derecho a prestaciones sociales que cubran sus necesidades básicas, siempre que no dispongan de medios económicos, así como una autorización de residencia y trabajo. Ahora bien, para poder acceder a estas ayudas, que son variables en función del momento y de la situación económica, es necesario que la persona entre en el Plan Estatal de Acogida y Refugio, es decir, que esté o bien en un recurso de vivienda gestionada por una de las entidades de acogida o esté dentro del Programa de acogida en Familias.
Por lo tanto, según la normativa actual, las personas provenientes del conflicto en Ucrania, que están siendo acogidas por un particular o entidades fuera del sistema estatal de acogida no podrán acceder a las prestaciones del Plan Estatal de Acogida y Refugio.
Copiamos el enlace a continuación de la Instrucción de la Dirección General de gestión del sistema de acogida de protección internacional y temporal, de 8 de abril de 2022, por la que se adoptan medidas de carácter extraordinario para la atención de personas desplazadas desde Ucrania, así como un documento resumen de la misma.
2. ¿Dónde dirigir a las personas provenientes de Ucrania?
- Contactar con la Cruz Roja Provincial. Cruz Roja dispone de un Centro operativo de emergencias donde nos pueden informar de los centros operativos provinciales, y podemos avisar de la llegada de grupos grandes de refugiados. Para ponernos en contacto con ellos hay que llamar al 704202224.
- El centro de acogida situado en Barcelona da cobertura en toda Cataluña, y por tanto todo el que esté en Cataluña puede dirigirse en este centro para recibir acogida (La Fira- Avenida Reina Maria Cristina, s/n, Pabellón 7, de lunes a domingo de 9 a 19h). Para pedir cita hay que llamar al 910474444.
3. ¿Cuál es la situación legal de las personas que llegan de Ucrania?
3.1 Entrada a territorio Schengen:
- Soy ucraniano, ¿puedo entrar en la UE?: Las personas originarias de Ucrania no necesitan visado para entrar en territorio Schengen. Pueden permanecer en este territorio hasta 90 días, sin necesidad de tramitar ningún documento adicional.
- No soy ucraniano, pero vivía en Ucrania: Las personas de terceros países que tenían residencia en Ucrania de larga duración, serán beneficiarios del sistema de acogida de protección internacional y, por tanto, podrán entrar también en el espacio Schengen. Las personas de terceros países que carezcan de una autorización de residencia en Ucrania, podrán entrar y mantenerse en territorio Schengen en función de los requisitos de entrada habituales existentes, en función de su nacionalidad.
3.2. A quién afecta esta situación:
- Nacionales ucranianos, sus familias y los extranjeros de terceros países con autorización de residencia permanente en Ucrania que se encontraban en fecha 24/02/2022 en Ucrania.
- Nacionales ucranianos residentes en Ucrania, sus familiares, y los extranjeros de terceros países con autorización de residencia permanente que en fecha 24/02/2022 no estaban en Ucrania y no han podido regresar.
- Nacionales ucranianos que estuvieran en España antes del 24/02/2022 en situación administrativa irregular.
3.3 ¿Cómo pueden regularizar la situación administrativa?
En estos momentos, la normativa permite dos opciones:
a. Pidiendo protección internacional: Para ello, es necesario pedir cita en la Comisaría de la Policía Nacional. Una vez presentada la solicitud, a los 6 meses la autorización provisional de residencia se convierte en autorización de residencia y trabajo. La autorización se irá prorrogando en tanto no exista una resolución expresa a la petición.
Para pedir cita es necesario acceder al siguiente enlace y seleccionar la provincia donde se encuentra la persona y clicar la opción Policía – Solicitud Asilo:
https://sede.administracionespublicas.gob.es/icpplustieb/citar?p=8&locale=es
b. Pidiendo protección temporal: Esta opción está contemplada en la normativa europea desde 2001, pero no ha sido hasta el pasado 4 de marzo de 2022 que por primera vez se autoriza su uso. Implica una protección integral desde el momento de la concesión (residencia y trabajo, vivienda, cobertura de necesidades básicas).
Con fecha 10 de marzo, se ha publicado al BOE la Orden PCM/169/2022 de 9 de marzo, que desarrolla el procedimiento para el reconocimiento de la protección temporal a personas afectadas por el conflicto en Ucrania.
Donde se puede pedir la protección temporal?
- En la Jefatura Provincial de Policía de la provincia donde se encuentre la persona.
- En los centros de acogida. En estos centros se podrá pedir la solicitud de protección temporal. Para hacerlo, hay que pedir cita previa al teléfono que el Ministerio del Interior ha facilitado:
91 047 44 44
Se trata de un teléfono 24 horas tanto por información a ciudadanos ucranianos como para pedir cita en los centro de acogida. La atención se hace tanto en castellano como en ucraniano.
Recordamos que es posible pedir protección temporal en cualquier provincia, contactando con las diferentes Jefaturas de Policía nacional provincial, que se encuentren en las capitales de provincia.
En el siguiente enlace se puede consultar donde pedir protección temporal en las diferentes provincias:
Comisarías. Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (inclusion.gob.es)
Una vez la persona ha pedido protección temporal y dispone del resguardo de solicitud, puede acceder a la notificación en el siguiente enlace:
https://www.citapreviadnie.es/citaPreviaDni/IndexDesplazados.action
IMPORTANTE: Tanto si la persona dispone de vivienda como si no, es necesario que todo el mundo entre al circuito de protección temporal, y esto pasa, inicialmente, para que todo el mundo pida la protección temporal lo más pronto posible.
Detallamos los puntos más importantes de este nuevo procedimiento:
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- La solicitud de protección temporal se pedirá ante la Policía Nacional, sea la que está situada en los centros de acogida de refugiados o a las Comisarías de la Policía Nacional (pendiente de confirmar si se necesitará cita previa o se podrá ir de forma presencial sin cita).
- Documentación que hay que presentar: A pesar de que la orden se limita a indicar que la persona tendrá que acreditar que forma parte de este colectivo, a la espera de instrucciones de Comisaría de la Policía Nacional, se detallan los documentos que, a nuestro entender, pueden acreditar esta pertenencia:
- En el caso de personas ucranianas, pasaporte (en caso de no disponer de pasaporte, un documento de identificación ucraniano, así como el título de viaje autorizando la entrada a territorio Schengen).
- En el caso de personas de terceros países: pasaporte y documento que acredite que la persona tenía autorización de residencia permanente en Ucrania.
- En el caso de menores, el certificado de nacimiento que acredita el parentesco con el adulto que lo acompaña, o bien el documento que acredita que es el tutor legal, cuando el adulto no es el padre o la madre.
- En el supuesto de que la persona no disponga de ningún documento de identificación, es importante que se ponga en contacto con su consulado (Consolado de Ucrania en Barcelona (C/ de Numancia, 185, Bajos 2, 08034 Barcelona. Teléfono: 934 028 956 / 932 052 521).
- Plazo y resolución del procedimiento:
- En el momento de la presentación, la Policía Nacional expedirá un resguardo de la presentación, donde se asignará el NIE provisional.
- La solicitud será enviada a la Oficina de Asilo y Refugio, que lo tendrá que resolver en el plazo de 24 horas.
- Notificación de la resolución:
- La notificación se hará, preferentemente, por vía electrónica. Se ha habilitado un sistema online para que las personas, una vez que dispongan del resguardo de solicitud de la protección temporal, puedan descargarse la resolución. Copiamos a continuación el enlace:
ЗАВАНТАЖЕННЯ ДОЗВОЛУ ТИМЧАСОВОГО ЗАХИСТУ
DESCARGA DE RESOLUCIÓN DE PROTECCIÓN TEMPORAL
https://servicio.mir.es/nfrontal/asi_desc_res.html
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- En caso de no poderse hacer por vía electrónica se hará por vía postal o por comparecencia personal a la Comisaría de la Policía Nacional.
- Una vez se dispone de la resolución concediendo la protección temporal, se tendrá que pedir cita en Comisaría de la Policía Nacional para tramitar la TIE (tarjeta identificativa de extranjero), pidiendo cita previa en el siguiente enlace y seleccionando la opción “Policía tarjeta conflicto Ucrania”
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Proceso automático para la solicitud de cita previa (administracionespublicas.gob.es)
Importante: hace falta que la persona pueda facilitar un teléfono de contacto para agilizar el procedimiento, y comunicar rápidamente a la Oficina de Asilo y Refugio cualquier cambio en el domicilio de notificación.
¿Es necesario tener un contrato laboral para disponer de esta autorización temporal?
No, no debe tener ningún contrato laboral. A la persona se le concederá autorización de residencia y trabajo sin necesidad de un contrato.
Más información legal:
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, ha publicado la Guía de desplazados Ucranianos, donde se da respuesta en temas legales y se informa de las entidades de acogida en las diferentes comunidades autónomas.
https://www.inclusion.gob.es/ficheros/ucrania/guia_desplazados_ucranianoses.pdf
Esta guía dispone de una Chatbot en ucraniano y español, para que la persona interesada pueda hacer la consulta en línea y ser atendido en el momento.
CEAR ha colgado una hoja informativa con toda la información relativa al procedimiento de documentación. Esta información se irá actualizando (se colgará también en ucraniano).
https://www.cear.es/guia-sobre-el-asilo-en-espana-para-personas-afectadas-por-la-guerra-en-ucrania/
Guía en ucraniano
Consejo General de la Abogacía Española. El Consejo de la Abogacía Española ha emitido una guía de trámites, y se informa que algunos Colegios de Abogados están abriendo turno de asistencia jurídica de abogados voluntarios, que ponen sus servicios a disposición de los refugiados.
+INFO: La Abogacía se vuelca en el apoyo legal a los refugiados ucranianos
4. Estamos recogiendo ropa y material, quiero alquilar una furgoneta, o me ofrezco como conductor para llevar material a la frontera. ¿Qué puedo hacer?
Desde Cáritas Diocesana de Tortosa no recomendamos la recogida de material por distintos motivos:
- No podemos garantizar que el material llegue al punto de destino frente a la situación actual, sin que sea bloqueado o interceptado.
- Las entidades que trabajan en el terreno son las que conocen las necesidades reales de la población, cambiantes.
- El coste de transporte hasta el punto de destino es elevado, pudiéndose utilizar el importe para ayudar a más personas.
- Es mejor comprar lo que se necesite en los países fronterizos que acogen a las personas refugiadas.
La recomendación de todas las organizaciones que trabajamos habitualmente en situaciones de emergencia humanitaria es canalizar todas las ayudas mediante las entidades que trabajan en el territorio, que son las que conocen las necesidades y formas de cubrirlas sobre el terreno.
No recomendamos la recogida de medicamentos puesto que existe una regulación específica para la importación a otros países y está regulado por el Ministerio de Sanidad.
En el caso de Cáritas Diocesana de Tortosa, le recordamos que hemos habilitado un número de cuenta para hacer aportaciones económicas ES34 2100 9046 9702 0001 2812/ BIZUM 01519. El dinero recaudado irá destinado a Cáritas International.
Para más información:https://caritastortosa.org/emergencias/caritas-con-ucrania/
5. ¿Por qué Cáritas prefiere aportaciones económicas?
Los bienes dados en especie desde aquí pueden no ser adecuados a las necesidades de la población y a la situación humanitaria y logística sobre el terreno. Las aportaciones financieras son más eficientes. Los bienes dados individualmente pueden suponer costes y dificultades administrativas y logísticas adicionales (necesidad de embalaje, trámites aduaneros suplementarios, fecha de caducidad en alimentos y medicamentos, etc.) y pueden poner en peligro la vida de más personas. En una situación de conflicto, todas las personas y las comunidades tienen capacidades de respuesta, a pesar de su vulnerabilidad. Las aportaciones financieras permiten la compra en mercados locales, ayudando a la activación de la economía en estos países.
6. Quiero desplazarme a Ucrania. Puedo solicitar ayuda a Cáritas?
Cáritas no ofrece apoyo económico, material ni logístico para iniciativas individuales que organicen desplazamientos en Ucrania ni en las zonas fronterizas. El modelo de cooperación de la entidad se centra en la ayuda organizada a través de los donativos económicos y los canales ya establecidos a los equipos que trabajan sobre el terreno. Si tienes dudas sobre desplazamientos y ayuda al exterior, hace falta que te pongas en contacto con emergencies.exteriors@gencat.cat
7. Quiero acoger a un menor ucraniano. ¿Cómo puedo hacerlo?
Ante los ofrecimientos para acoger a un menor, UNICEF nos recuerda que el proceso de acogida a menores es un proceso regulado. Por tanto, debe hacerse por canales oficiales de las administraciones públicas. Le recomendamos que no haga difusión de iniciativas no oficiales que le pueden llegar por las diversas redes sociales.
En el caso de Cataluña, este ofrecimiento se puede hacer mediante el Instituto Catalán de acogidas de la Generalitat de Cataluña, escribiendo al correo icaa.dso@gencat.cat
En el caso de encontrarnos con algún menor solo, que no está acompañado por un tutor legal, habrá que ponerse en contacto con la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia, teléfono 116 111
En el caso de la Comunidad Valenciana puede encontrar la información en este enlace https://gvaoberta.gva.es/es/ucrania
Más información:
8. Tengo una vivienda o una habitación disponible para acoger a refugiados.
Según información de prensa, el Ministerio de Inclusión y la Fundación La Caixa han llegado a un acuerdo para activar el Proyecto de Acogida a Familias de Ucrania.
A partir del 24 de marzo las familias que quieran acoger a personas ucranianas pueden llamar al teléfono gratuito 900670909, operativo de 09h a 22h. Para mayor información podéis consultar el siguiente enlace donde encontraréis una compilación de preguntas frecuentes y una guía de consejos para familias acogedoras.
Acogida de refugiados de Ucrania – Fundación ”la Caixa” (fundacionlacaixa.org)
Si dispone de un alojamiento destinado a personas refugiadas del conflicto, desde Cáritas ahora mismo no lo podemos utilizar para esta finalidad (Fase 0 del Plan Estatal de Acogida de Personas Refugiadas), porque no somos una entidad de emergencia en Refugio pero sí que serán recursos muy valiosos cuando se pongan en marcha las próximas fases del plan y estas personas necesiten cubrir sus necesidades básicas y consolidar su proceso de inclusión.
Por este motivo, cualquier ofrecimiento en Cáritas en cuanto a las necesidades de alojamiento de las personas refugiadas, ya sea por vía telefónica o por correo electrónico, será de gran ayuda para nosotros en las próximas fases del plan, durante las próximas semanas.
9. ¿Qué podemos hacer desde Cáritas Diocesana de Tortosa?
Las administraciones públicas (Gobierno de España, Generalitat de Cataluña y Valenciana y Ayuntamientos) aconsejan centralizar las demandas en el Plan Estatal de Acogida y Refugio. En este sentido, Cáritas Diocesana de Tortosa trabaja por apoyar en todo lo que puede, pero priorizando el dispositivo estatal.
Son muchas las situaciones que quedarán excluidas del circuito público, o que la respuesta podría no ser tan ágil como requiere esa emergencia. Como siempre, la misión de Cáritas Diocesana de Tortosa es estar junto a los más vulnerables. Estaremos para acoger y acompañar todas aquellas situaciones excluidas de la cobertura del Plan Estatal, así las situaciones de aquellas personas que temporalmente no tengan las necesidades básicas cubiertas hasta ser garantizadas por el Plan Estatal o aquellas que queden excluidas del sistema.
10. Donde dirigir las personas que han entrado en el territorio español sin pasaporte o documento de identidad o con bebés pendientes de documentar?
La documentación identificativa de los nacionales ucranianos corresponde a las representaciones diplomáticas de este estado acreditadas en España.
Hay que dirigirse al Consulado de Ucrania en Barcelona (C/ Numancia, 185, Bajos 2, 08034 Barcelona. Teléfono: 934 028 956 / 932 052 521.
11. Cómo se pueden escolarizar los menores ucranianos que acaban de llegar?
El Departamento de Educación de la Generalitat de Cataluña ha establecido un protocolo para escolarizar de forma ágil a los menores ucranianos que están llegando. Pueden ser matriculados, mediante el sistema de matrícula viva –el que se utiliza por personas reciente llegadas y/o cambios de residencia durante el curso escolar. No hará falta que estén empadronados. Los menores se escolarizarán al centro en el que tengan familiares/conocidos o el más próximo al lugar de residencia.
La información relativa al trámite se puede encontrar en la web del Departamento de Educación de la Generalitat de Cataluña
https://web.gencat.cat/ca/ucraina/persones-refugiades/escolaritzacio-dels-infants-i-joves
En esta web encontraréis tanto la hoja de solicitud, como los puntos de presentación y el protocolo elaborado por la Generalitat de Cataluña.
Direcciones:
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN GENERALITAT DE CATALUNYA
https://web.gencat.cat/ca/inici
Vía Augusta 202
08021 Barcelona
Teléfono 93 400 69 00
Enlace a los servicios territoriales
https://educacio.gencat.cat/ca/departament/serveis-territorials/
Direcciones y teléfonos. Departamento de Educación
https://educacio.gencat.cat/ca/departament/adreces-telefons/
En relación en la Comunidad Valenciana podéis encontrar la información en este sentido en este enlace:
Hay que pedir cita previa para realizar cualquier trámite.
12. Sanidad
Cómo pueden tramitar la tarjeta sanitaria (TSI) las personas llegadas de Ucrania?
Puede haber dos casuísticas:
- Si son personas alojadas en albergues, residencias, etc., facilitadas por entidades especializadas, el centro de acogida u ONG responsable del grupo comunicará en la Región Sanitaria y/o al CatSalut la relación de personas con una serie de datos para poderlas acreditar. Se los librará el resguardo con el CIP, y las TSI se enviarán a la dirección del centro o a la dirección alternativa que se indique.
- Si son personas que se alojan en casas de familiares o amigos, hace falta que se empadronen en estos domicilios, y que después se dirijan al JEFE o bien llenan el formulario para la expedición de la primera TSI:
https://salut.gencat.cat/pls/rca/rcapktsi_COVID.SOLICITAR_TSI_FORM
También podéis contactar con los servicios sociales de vuestro municipio, para que os orienten en esta materia.
Vacunación.
La Consejería de Sanidad de la Generalitat de Cataluña ha emitido un tríptico, en catalán, ucraniano e inglés informando de los procedimientos de vacunación y, principalmente, en relación con la vacunación de la COVID.
Se puede consultar la información en el siguiente enlace:
13. ¿Amigos, conocidos y/o familiares me preguntan sobre la labor de Cáritas en Ucrania y los países de su alrededor, que les puedo decir?
Los centros de Cáritas Ucrania siguen atendiendo a la población civil necesitada. Sus 36 oficinas repartidas por todo el país trabajan de forma coordinada con las sedes operativas de la Cáritas nacional, en Kiiv y Lviv.
Desde el principio de la invasión, Cáritas Ucrania mantiene un proyecto de emergencia para satisfacer las necesidades básicas de las personas más vulnerables. En estos momentos, se están equipando con ayuda humanitaria 11 centros de acogida (Kramatorsk, Rubizhne, Zaporizhya, Volnovakha, Mariupol, Kharkiv, Dnipro, Kyiv, Zhytomyr, Odessa, Ivano-Frankivk) para sumarse al plan de respuesta a la emergencia.
La respuesta de Cáritas Ucrania está dando prioridad al reparto de comida caliente, agua, kits de higiene básica, refugio temporal para personas que han abandonado su casa, servicio de lavandería y transporte seguro para las personas que buscan reunirse con familiares en otras zonas del país. El plan de emergencia incluye también atención a casos especiales (como la gente mayor, los menores y las personas con discapacidad) y el acompañamiento emocional básico y las actividades de ocio para niños que les ayuden a mantener la normalidad en medio de la situación de gran estrés provocada por los ataques.
Asimismo, las Cáritas de los países vecinos –Rumanía, Polonia y Moldavia– están activando también planes nacionales de acogida en los flujos de refugiados ucranianos que cruzan las fronteras.
En Rumanía, las Cáritas de Bucarest, Iasi, Maramures y Satu Mare han comenzado a evaluar la situación y establecer equipos de primera intervención, definiendo un programa de respuesta a la emergencia centrado en la acogida y el apoyo para refugiados (información, servicio de lavandería, servicio de comunicación, alimentos y kits de higiene), programas específicos de acogimiento infantil, refugio y alojamiento temporal en parroquias locales y movilización de voluntarios para la acogida.
Cáritas Polonia está preparando también la acogida, el alojamiento y el transporte seguro para los refugiados, con programas de emergencia similares a los habilitados por Cáritas en Rumanía.
Por su parte, Cáritas Moldavia ha puesto en marcha un plan de emergencia a través de su oficina nacional, en Chisinau, y las seis Cáritas locales en Grigorauca, Rascov, Ribnita, Stauceni, Stircea y Tiraspol. En total, cuenta con unos 200 agentes en el terreno. En coordinación con las autoridades locales, se han apoyado a 390 personas ubicadas en centros oficiales (Chisinau, Ocnita, Palanca) con comida, agua, kits de higiene y soporte social y emocional. Además, se está preparando un centro gestionado por Cáritas en Chisinau, donde ofrecer alojamiento digno y seguro a unos 70 refugiados, con especial atención a menores y mujeres.
En la misma línea, Cáritas Bulgaria también está preparando centros para dar respuesta a la llegada de refugiados ucranianos, que llegan bien por vía terrestre, bien por ferry desde Odessa al sitio de Varna. El 28 de febrero, se calculaba que más de 7.000 ucranianos habían llegado al país y se espera que este número aumente en los próximos días.
14. Convalidación del carné de conducir ucraniano en España.
La Dirección General de Tráfico ha emitido la Instrucción COND 2022/02 en relación a los carnés de conducir de personas ucranianas:
- Se prorroga la validez de los carnés de conducir ucranianos durante un año desde la fecha de entrada en España.
- En el caso de querer hacer el cambio al carné de conducir español, lo podrán hacer una vez disponen de autorización de residencia, pidiendo “Cita previa de canje”.
15. En que consiste el Plan Estatal de Acogida a personas Refugiadas?
El Plan Estatal de Acogida a personas Refugiadas son una serie de medidas estatales, divididas en fases, dirigidas a garantizar la cobertura de necesidades básicas de las personas refugiadas, así como su inserción socio-laboral. Las medidas van dirigidas a personas que no dispongan de medios económicos (que no tengan ingresos superiores a los del Ingreso Mínimo Vital) para hacer frente a sus necesidades básicas y las de su unidad familiar.
Este Plan Estatal, que la Administración central ha acordado con las entidades de refugio, está dividido en las siguientes fases:
FASE de valoración inicial y derivación.
Se hace una primera evaluación de la situación de la persona. Es posible derivar la persona a recursos de vivienda y cubrir necesidades básicas cuando se dé una situación de vulnerabilidad/urgencia.
Duración: la mínima imprescindible (máximo estimado 30 días). El tiempo de estancia en esta fase 0 no se descuenta de los periodos máximos de estancia en primera y segunda fase.
En esta fase, las Cáritas con sede en Cataluña no entramos, porque no somos entidades de emergencia en Refugio, pero sí que ya estamos ayudando en el previo cuando hace falta y en las siguientes fases cuando no estén cubiertas las necesidades. Algunas de las entidades que sí son gestoras del Sistema Estatal de Acogida e Integración son Cruz Roja, Accem, CEAR.
FASE DE ACOGIDA
Objetivo: cubrir necesidades básicas y ayudar a la persona a adquirir habilidades para la vida autónoma (alojamiento, manutención, atención social, atención psicológica, aprendizaje de la lengua, formación pre laboral y laboral, interpretación y traducción y asistencia jurídica).
Duración: 6 meses
FASE DE AUTONOMÍA
Se inicia cuando la persona finaliza el aposento al dispositivo de acogida y continúa necesitando espaldarazo. Se cubren necesidades básicas y se ponen a disposición algunos recursos, principalmente ayudas económicas, que se complementan con acompañamiento, aprendizaje intensivo de la lengua y el acceso a programas de ocupación y formación.
Duración: 6 meses
Duración máxima total de todas las fases: La duración máxima de la primera fase y la segunda son 12 meses, pudiendo ser de 18 en el caso de personas que estén en programas de reasentamientos.
Nota: este documento pretende ser una herramienta viva y se irá actualizando con las nuevas informaciones que vayan llegando.